Los ciudadanos que no acudan a votar este domingo 4 de octubre, durante las Elecciones Regionales y Municipales 2026, estarán sujetos a una multa cuyo monto dependerá de la clasificación socioeconómica del distrito donde residen. La misma jornada también contempla sanciones para quienes hayan sido designados miembros de mesa y no cumplan con instalarla.
De acuerdo con la normativa electoral, la multa por omitir el voto será de S/ 110 en los distritos considerados no pobres, equivalente al 2 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); S/ 55 en los distritos pobres no extremos, correspondiente al 1 %; y S/ 27,50 en los distritos considerados pobres extremos, equivalente al 0,5 % de la UIT. Para 2026, la UIT está fijada en S/ 5.500.
En el caso de los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su función, la multa única será de S/ 275, equivalente al 5 % de la UIT. Esta sanción también se aplica a los ciudadanos que, ante la ausencia de los miembros designados, sean convocados para integrar una mesa y se nieguen injustificadamente a asumir dicha función.
Asimismo, los ciudadanos que sean miembros de mesa y no acudan a cumplir con esta función y tampoco emitan su voto recibirán ambas multas. Es decir, deberán pagar la sanción correspondiente por no instalar la mesa y la multa por omisión al sufragio.
Las multas electorales pueden pagarse a través de la plataforma de pagos en línea del JNE o en cualquier agencia del Banco de la Nación. El JNE recuerda que las sanciones se generan a partir del día siguiente de la elección.
Casos en los que corresponde solicitar dispensa o justificación
Los ciudadanos que no puedan cumplir con su deber electoral por una causa contemplada en la normativa pueden solicitar una dispensa por omisión al voto o una justificación por no instalar la mesa de sufragio. Ambos trámites pueden iniciarse desde el día siguiente de la elección mediante el Sistema de Dispensa Virtual del JNE.
Entre las causales contempladas se encuentran los viajes al extranjero por motivos de salud o estudios, desastres naturales, fallecimiento de un familiar directo, función electoral, error en el padrón electoral, discapacidad, prisión y otras situaciones debidamente acreditadas. El trámite requiere presentar la documentación que sustente la causal invocada.
El derecho de trámite es de S/ 25,90 tanto para la dispensa por omisión al voto como para la justificación por inasistencia a la instalación de mesa. Sin embargo, existen causales exoneradas de pago, entre ellas desastres naturales, discapacidad, error en el padrón electoral y prisión.
Fuente: El Peruano / Infobae
