El Gobierno modificó el Reglamento de la Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec). La norma actualiza diversos artículos vigentes y establece nuevas disposiciones sobre el otorgamiento, permanencia y pérdida del financiamiento estatal para estudios superiores.
Mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU, publicado en El Peruano, se dispuso que el financiamiento considerará la calidad de las instituciones, la empleabilidad y la demanda laboral. Estos requisitos se sumarán al rendimiento académico y a las prioridades de cada región.
La reforma endurece los requisitos de permanencia. Los estudiantes deberán mantener un promedio aprobatorio y ubicarse, como mínimo, en el tercio superior. Además, la desaprobación de un curso por segunda vez o un promedio ponderado desaprobatorio ocasionarán la pérdida del beneficio.
Otro de los cambios centrales, radica en el artículo 23 que prioriza carreras que respondan a las necesidades del país y contribuyan a sectores estratégicos. Pronabec evaluará criterios de empleabilidad, demanda, la calidad de las instituciones y retorno en el mercado laboral.
Excepcionalmente, los estudiantes que ya cuenten con una beca adjudicada al entrar en vigor la norma podrán recibir financiamiento para cursos repetidos de pregrado. Esto procederá siempre que el becario no haya desaprobado la misma materia en más de dos oportunidades.
Además, el reglamento exige a los becarios mantener un trato respetuoso hacia el personal de Pronabec. No obstante, precisa que la formulación de quejas, la crítica a la gestión institucional y la participación en actividades de representación estudiantil no constituyen un incumplimiento de esta obligación.
Esta modificación integra el proceso de reingeniería de Pronabec impulsado por el gobierno de Keiko Fujimori. El decreto fue firmado por el ministro de Educación, José Antonio Chang, y el primer vicepresidente encargado del Despacho Presidencial, Luis Fernando Galarreta.
Fuente: El Peruano
